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Inspecciones

Me llegó una inspección municipal a mi restaurante: qué hacer paso a paso

Por Jorge Ttito, ingeniero de alimentos · 5 de noviembre de 2026

dueña de restaurante recibiendo al inspector

La inspección casi nunca avisa. Llega en plena hora de almuerzo, con el local lleno, y los nervios hacen que uno diga o firme cosas sin pensar. Aquí te dejo lo que tienes que hacer, con la norma que respalda cada paso para que la puedas mostrar si hace falta.

1. Pide que se identifique

El inspector debe mostrarte su credencial y su DNI, decirte de qué entidad viene y qué va a revisar. Puedes decirle: “Buenos días. ¿Me muestra su credencial, por favor? ¿Qué van a revisar hoy?”

Ley del Procedimiento Administrativo General (Ley 27444, texto único de 2026), artículo 228-C (pág. 41)

2. Déjalo pasar a todo

La autoridad puede entrar sin aviso y revisar todas las áreas. Acompáñalo tú o tu encargado de turno. Impedir o demorar su entrada es delito.

Ley del Procedimiento Administrativo General (Ley 27444, texto único de 2026), artículo 228-B (pág. 41) · Código Penal, artículo 368 (Decreto Legislativo 1696)

3. Muestra tu carpeta de registros

Aquí se gana o se pierde la inspección. Para el inspector, lo que no está escrito no existe. Ten a la mano los registros del mes: temperaturas de refrigeradoras, cocción, limpieza, control de plagas, salud y capacitación del personal.

Norma Sanitaria para Restaurantes (Resolución Ministerial 822-2018/MINSA), numeral 6.6 (pág. 17)

4. Tú también puedes grabar

La ley te permite grabar la inspección. Hazlo con calma, sin estorbar y avisando: “Voy a grabar la diligencia, como me permite la ley.”

Ley del Procedimiento Administrativo General (Ley 27444, texto único de 2026), artículo 228-D (pág. 42)

5. Lee el acta, anota tu observación y firma

Todo lo que encuentren va en el acta. Léela completa. Si no estás de acuerdo con algo, escríbelo en el espacio de observaciones. Después firma: negarte no sirve, porque el acta vale igual.

Ley del Procedimiento Administrativo General (Ley 27444, texto único de 2026), artículo 228-F (pág. 42)

6. Pide tu copia del acta

Te deben entregar una copia al terminar. Guárdala: la vas a necesitar para cualquier reclamo. Y si te clausuran, sin esa copia la clausura no tiene efecto.

Ley 31914, que modifica la Ley de Licencia de Funcionamiento (Ley 28976), artículo 21 de la Ley 28976 (pág. 2)

Lo que nunca debes hacer

  • Impedir o demorar la entrada de la autoridad.
  • Empujar o sacar a alguien a la fuerza.
  • Discutir frente a una cámara.
  • Negarte a firmar el acta.

Si te decomisan productos

Lo podrido o peligroso se destruye en el momento. Lo demás se retiene y lo recuperas cuando pagas y corriges la falta. Pide que todo figure en el acta, con cantidad y estado, y que te den la constancia de lo retenido.

Ley Orgánica de Municipalidades (Ley 27972), artículo 48 (pág. 45)

Cómo reclamar si no estás de acuerdo

  1. Deja tu observación en el acta y guarda tu grabación.
  2. Cuando te notifiquen la infracción, presenta tus descargos: tienes al menos 5 días hábiles. Ley del Procedimiento Administrativo General (Ley 27444, texto único de 2026), artículo 235 (pág. 45)
  3. Si te sancionan, tienes 15 días hábiles para pedir reconsideración (con una prueba nueva) o apelar. Ley del Procedimiento Administrativo General (Ley 27444, texto único de 2026), artículo 207 (pág. 38)

Las multas cambian según la municipalidad y se calculan como porcentaje de la UIT. Como ejemplo, puedes revisar la tabla de Miraflores: Ordenanza 480/MM de Miraflores (ejemplo de tabla de multas), cuadro de infracciones (pág. 23). Muchas municipalidades dan descuento si reconoces la falta o pagas pronto.

Preguntas frecuentes

¿El inspector puede entrar sin avisar?

Sí. La autoridad puede hacer inspecciones sin aviso previo y revisar todas las áreas del local (Ley del Procedimiento Administrativo General (Ley 27444, texto único de 2026), artículo 228-B (pág. 41)).

¿Puedo grabar la inspección con mi celular?

Sí. La ley reconoce tu derecho a grabar la diligencia, siempre que no estorbes el trabajo del inspector (Ley del Procedimiento Administrativo General (Ley 27444, texto único de 2026), artículo 228-D (pág. 42)).

¿Qué pasa si no firmo el acta?

El acta vale igual aunque no la firmes. Es mejor firmarla y escribir tu observación si no estás de acuerdo con algo.

¿Qué es lo que más revisa el inspector en un restaurante?

Limpieza, temperaturas de refrigeración y cocción, control de plagas, salud y capacitación del personal, y sobre todo que tengas todo eso registrado por escrito.

Este artículo es una guía práctica. No reemplaza la visita de un profesional ni lo que te indique la autoridad. Los enlaces a las normas abren el PDF oficial en la página citada.